Decreto Ejecutivo 1360 de 25 de noviembre de 2020

Por Lourdes Bishop  Con base en la implementación del plan de reapertura del Gobierno Nacional, denominado “Ruta hacia la nueva normalidad” el Órgano Ejecutivo, con la recomendación del Ministerio de Salud, consideró oportuno flexibilizar las medidas sanitarias tanto para el sector público, como para empresas privadas, a través del Decreto Ejecutivo No.1360 de 25 de noviembre de 2020.

A continuación, les comparto algunas de las medidas decretadas, a saber: 1. Los trabajadores del sector público y del sector privado de la economía, que tengan sesenta años de edad o más, que padezcan enfermedades crónicas o degenerativas, que se encuentren en estado de gravidez, no en licencia de maternidad, y los que se les hayan aplicado las de prevención y mitigación del virus, tales como el uso de las vacaciones acumuladas o adelantadas, teletrabajo, movilidad laboral,
modificación temporal de la jornada, entre otras, podrán regresar a sus puestos de trabajo de manera presencial bajo las condiciones y modalidades acordadas con su empleador.

Se autoriza el retorno a sus puestos de trabajo de hasta el 100% del personal del sector privado, siempre que se observe el distanciamiento físico de por lo menos 2 mts entre cada trabajador.
TRABAJADOR CON DISCAPACIDAD
3. Cuando no sea posible el distanciamiento de 2 mts, se deberá hacer uso de mamparas de plástico o acrílico entre los puestos de trabajo y además de las mascarillas, se deberán usar protectores faciales plásticos.
A través de esta norma se dan los siguientes pasos, a saber: – Se deja abierta la vía para que entre el trabajador y el empleador la modalidad de trabajo, ya sea presencial, teletrabajo completo o parcial.
– Se indica el papel importante que sigue teniendo el Comité de Salud e Se indica el papel importante que sigue teniendo el Comité de Salud e Higiene al enfatizar su deber de fiscalizar las medidas de bioseguridad y seguridad ocupacional, tomando en consideración las funciones y condiciones ambientales de los espacios laborales. Es decir, se le entrega a cada empleador y a sus trabajadores, la tarea de cuidarse entre sí, aplicando las medidas previamente advertidas por las
autoridades de salud.
– Con este decreto se le da respuesta a los empleadores que, en virtud de las normas del Estado de Emergencia, habían otorgado vacaciones adelantadas a un personal que, por la naturaleza de sus funciones, no puede ejecutarlas en modalidad de teletrabajo y que en cumplimiento de las medidas sanitarias, debía evitar su presencia en el lugar de. Ahora, se permite que este personal vulnerable regrese bajo la condición de observar las medidas sanitarias de ley que entre otras
consisten en el uso de mascarilla, lavado de manos y distanciamiento físico de más de 2 mts.

Para cada actividad comercial el regreso será diferente. Algunas podrán mantener personal en modalidad de teletrabajo, otras parcialmente y otras requerirán al personal al 100% en modalidad presencial.
Lo importante, es que cada empleador analice su fuerza laboral y sus, a fin de determinar sus posibilidades. Evaluar aspectos tales como:
– Presupuesto para mantener el ambiente saludable y con distanciamiento requerido; – Tareas del personal, si se pueden realizar remotamente o requieren
presencia física; – Políticas de teletrabajo para dar seguimiento al cumplimiento de las tareas diarias;
– Equipo tecnológico disponible o mejoras en tecnología para flexibilizar las modalidades de trabajo; – Compromiso de la fuerza laboral con la modalidad que se trate, entre otros aspectos.

Es un hecho que el presente escenario se ha extendido más tiempo de lo que muchos hubiéramos imaginado, trayendo además de la situación sanitaria un
tema social que atender. Por lo tanto, es momento de mirar hacia adelante y seguir nuestras vidas con nuevas rutinas que procuren el cuidado de la salud
y al mismo tiempo que nos permitan realizar las actividades económicas tan necesarias para subsistir, crecer y avanzar.
Las reglas están dadas, es tarea de cada cual. Seamos conscientes y empáticos con nosotros mismos. ¡Adelante!

La autora de este artículo es Docente y Asociada Senior de FABREGA MOLINO 

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