Las medidas sanitarias de prevención y mitigación del virus han traído nuevas obligaciones tanto para el trabajador como para el empleador.
En el día de hoy 28 de septiembre de 2020 los servicios administrativos y generales abren sus puertas después de muchos meses de cierre por COVID-19. Por lo  tanto, muchas empresas se verán avocadas a establecer medidas de control de salud en el lugar de trabajo.
Para esta nueva realidad es importante acatar los lineamientos de seguridad e higiene en el espacio laboral.
Para tales efectos, a continuación les comparto un resumen de las nuevas obligaciones que tienen las partes en una relación laboral en nuestros tiempos actuales.
Responsabilidades del Trabajador:
• Acatar las recomendaciones del Comité de Salud e Higiene.
• Acatar las recomendaciones de salud del gobierno nacional.
• Realizar higiene de manos cada 30 minutos.
• Observar higiene tras realizar sus necesidades fisiológicas.
• Evitar compartir alimentos, bebidas, vasos, platos o cubiertos.
• Evitar saludar de manos, besos o abrazos.
• Utilizar los equipos de protección de manera racional y segura.
• No compartirán guantes, mascarillas, botas, ni overoles o uniformes de trabajo.
• Manejarán adecuadamente los desechos.
• Manifestar a Recursos Humanos o a su superior inmediato de cualquier síntoma sospechoso y en ese caso no asistir a su lugar de trabajo al tiempo que busca
atención médica.
Responsabilidades de la empresa:
• Mantener provisión continua de insumos sanitarios (agua, jabón líquido, papel toalla, papel higiénico y gel alcoholado de 60% al 95%).
• Colocar dispensadores de gel alcoholado instalado en las entradas, áreas comunes, oficinas, de manera que los clientes y personal tengan acceso a los mismos.
• Entrega de gel alcoholado y mascarillas diarias a todos los trabajadores.
• Vigilar que los trabajadores usen correctamente las mascarillas, ya que su uso es obligatorio.
• Contar con una persona o personal de seguridad que vigile que los clientes y personal externo cuenten con mascarillas.
• Provisión continúa de pañuelos desechables en áreas como comedores, áreas de descansos.
• Procurar que existan mínimo 2 mts de distanciamiento entre el personal y entre el personal y los clientes. Distancias menores solo podrán ser por no más de 10
minutos.
• Proveer equipo de protección personal dependiendo del nivel de riesgo a que su ocupación lo tenga expuesto.
• Capacitar a los trabajadores en el uso correcto de los equipos de protección personal.
• Capacitar a los trabajadores miembros del comité de higiene y brigada de limpieza y salud.

Tener presente y acatar estas disposiciones puede hacer la diferencia en nuestra sociedad en el presente y futuro cercano. ¡Adelante