Viernes, 9 de diciembre 2022.  Un total de mil 941 contratos de arrendamientos se han tramitado en todo el país, según un reporte de la Dirección General de Arrendamientos del Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (Miviot), correspondiente al período de enero a noviembre de 2022.

El informe destaca mil 174 contratos de tipo B, que son aquellos que sobrepasan los 151 balboas de canon en arrendamiento al mes, entre los cuales se dividen en edificios (899), casas (245), apartamentos (203), cuartos (21), locales (6) y plazas (2).

El director general de Arrendamientos de la entidad, Luis García, indicó que observa una clara y evidente recuperación, mes tras mes, de este servicio, por la cantidad de contratos nuevos que se registran en el Miviot. También enfatizó que se ha agilizado la devolución de los depósitos de garantía a través del sistema de transferencia ACH, de los bancos estatales.

Además, García resaltó los contratos de tipo C, con un total de 732 registrados, que representa 123% en comparación al año anterior. Los contratos tipo C son de tiempo indefinido, lo que es un indicador positivo para el sector inmobiliario que hace un repunte considerable en este rubro de arrendamiento.

En este período de enero a noviembre se consignó al Miviot un aproximado de 1 millón 922 de balboas en concepto de depósito, lo que representa 96% en comparación con el 2021 en el mismo período, lo cual arroja una proyección positiva para el cierre de año.

En tanto, se tramitaron 501 prórrogas, con un alcance del 76% en comparación al año anterior, lo que indica una tendencia a mantener el inmueble por un tiempo mayor del estipulado.

Los contratos tipo A, son menores a 150 balboas en cánones de arrendamientos, y reflejaron 43 unidades formalizadas en lo que va del año.

El director general de Arrendamientos expuso que estas cifras son el resultado de una gestión que busca reglamentar y mantener una buena relación comercial entre arrendador y arrendatario, y se rige por la Ley 259 de 2 de diciembre de 2021, que modifica el artículo 13 de la Ley 93 de 1973, que establece la obligación de todo arrendatario, consignar una suma igual a un mes del canon de arrendamiento en concepto de depósito.

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