Con Lourdes Bishop
Asociada Senior de
FABREGA MOLINO

Por: Lourdes Bishop        En el marco de la apertura de los sectores económicos es importante poner en práctica las medidas sanitarias legales para el sano desarrollo de la actividad comercial nacional.

El primer paso sería crear el Comité de Salud e Higiene que debe registrarse a través de la página web de Panamá Digital del Gobierno Nacional.
Los registros enviados al correo dirección_inspeccion@mitradel.gob.pa se considerarán válidos hasta el miércoles 27 de mayo de 2020.
Podrán elaborar y refrendar el plan: – Empresas con menos de 51 trabajadores: El Gerente o encargado de Recursos Humanos.
– Empresas con igual o más de 51 trabajadores: Profesional de Salud Ocupacional o Prevención de Riesgos; también podrán ser ingenieros con maestrías en Higiene y seguridad ocupacional o Prevención de riesgos industriales y seguridad ocupacional. Igualmente, se establece la opción de que sea elaborado y refrendado por otros profesionales que dentro de las empresas hayan desarrollado por formación la especialidad en seguridad y salud ocupacional.

El desarrollo del proceso de elaboración y puesta en marcha del plan no impedirá las operaciones, ni desarrollo de las actividades.
Las inspecciones serán realizadas cuatro meses después de la reactivación operativa del bloque concerniente a la empresa y para las empresas que no cerraron
se contarán los cuatro meses, a partir de la fecha de reactivación del primer bloque. Voluntariamente, podrán ser inspeccionadas antes de los cuatro meses, sí
así lo solicitaren.

Los documentos se deben enviar en un solo archivo y son los siguientes:  Listado de trabajadores en general. (Nombre, cedula, cargo, área en donde se desempeña, etc.; Bitácora empresa y de trabajadores; Registro de Capacitación (Pueden incluir alguna capacitación virtual previa a la apertura);

Brigada de Primeros Auxilios y Limpieza (Puede ser cualquier trabajador designado de la empresa o personal de aseo o servicios generales);  Registros de Reunión Ordinarias;  Registro de Acta de Apertura;Presentar en el momento de inspección – protocolo para covid-19 dentro del plan de prevención de riesgo de la empresa (Protocolo que debe ser levantado conforme la Resolución No. 137 del 16 de marzo de 2020 y los Lineamientos para el Retorno a la Normalidad de las Empresas Post-COVID- 19 en Panamá).

Paralelamente, se debe trabajar en la puesta en marcha de los lineamientos del Ministerio de Salud, de los cuales, el primero es justamente la creación del Comité de Salud e Higiene.
Los lineamientos son cinco y son los siguientes:
1. Organización del Comité especial de salud e higiene y el cumplimiento de los protocolos y guías sanitarias.
2. Medidas de prevención y control (higiene de manos frecuente, uso de mascarillas, distanciamiento físico de por lo menos 2 mts. en el lugar de trabajo y sitios públicos, equipo de protección según actividad laboral, limpieza y desinfección de superficies frecuentemente y manejo de desechos).
3. Establecer horarios especiales y restricción de número de personas, así como modalidades de teletrabajo.
4. Control de síntomas de los colaboradores y clientes.
5. Manejo de estrés laboral.

Estas medidas deben implementarse con atención al protocolo específico del sector económico.
Tras una inspección a cargo del Ministerio de Trabajo y la Caja de Seguro Social se podrá obtener la certificación de la Autoridad Sanitaria posteriormente el Sello PANAMA SALUDABLE.
Aplican sanciones por incumplimiento, tanto para el trabajador que se rehúse a acatar la normativa, como para la empresa.
La puesta en marcha de los Protocolos y Lineamientos Sanitarios, establecidos por el Gobierno de Panamá, evidencia el compromiso de su organización con la salud y el bienestar de los trabajadores. Además, es una prueba visible de solidaridad y responsabilidad sanitaria como reflejo de su filosofía empresarial.